lunes, 26 de abril de 2010

¿Será Ley?

Última oportunidad para un proyecto de ley
Prostitución: senadores del PJ y los cambios al Código de Faltas
El bloque justicialista todavía no resolvió qué hacer con tres artículos que Diputados votó derogar. Son los que establecen duras penas (con decenas de días de arresto) sobre faltas difíciles de valorar para la Policía como ofensas al pudor, travestismo, o la llamada prostitución escandalosa.
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FOTO AGENCIA: AFP
 
Luis Rodrigo
politica@ellitoral.com
El calendario legislativo los pone ante una disyuntiva difícil: los senadores del PJ saben que, si tocan una coma, perderá estado parlamentario (y, por lo tanto, se caerá) un proyecto de ley de reformas al Código de Faltas, que en 3 de sus 141 artículos ya luce muy fuera de época.
En el peronismo santafesino hay posiciones diferentes sobre la derogación de los artículos 83, 87 y 93 del Código de Faltas y, por estas horas, el jefe del mayoritario bloque de senadores justicialistas, el reutemanista Ricardo Spinozzi, ha recibido un pedido público del jefe del bloque kirchnerista en Diputados, Luis Rubeo. Pide que la Cámara Alta trate y apruebe sin modificaciones la media sanción de la Cámara Baja. Si eso ocurre, serían derogados los artículos que hablan de ofensas al pudor, travestismo o prostitución escandalosa. (Ver “En detalle”).
Juan Carlos Mercier (PJ-La Capital) ha dicho que no se opone a tratar el tema (aunque todavía no fijó una posición definitiva sobre la letra del proyecto de ley venido de Diputados). También advirtió que con quienes el Estado debe ser duro es con los que se enriquecen a costa de las víctimas, es decir, con los proxenetas que explotan a las prostitutas.
La necesidad de derogar los artículos que ya tienen el visto bueno de Diputados responde, en parte, a una actualización del Código de Faltas respecto de los cambios morales de la sociedad. Y, sobre todo, se busca terminar con el amplio margen de arbitrariedades que la letra de los artículos bajo la lupa reserva para la Policía.
Enero, 2004
El asesinato de Sandra Cabrera, en enero de 2004, puso a los santafesinos a debatir sobre explotación sexual, prostitución y hasta moral. Y al Poder Legislativo santafesino -por primera vez- a discutir una figura del Código de Faltas: la “prostitución escandalosa”, que por laxa en su redacción, muy librada a la subjetividad, parece dejar la puerta abierta a las peores arbitrariedades de policías deshonestos.
Cabrera se presentaba en los medios de la ciudad de Rosario como “una trabajadora sexual” y había creado la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (Ammar). El entonces gobernador Jorge Obeid y su ministro Roberto Rosúa dijeron hace 6 años que temían que una “mafia policial” fuera responsable del crimen, que no fue aclarado.
Causas
Juan Carlos Zabalza, senador del oficialismo, señaló hoy a El Litoral que, si el jueves 29 se llega a producir alguna modificación al texto que llega al Senado desde la otra Cámara, “de hecho será como un no del justicialismo”.
El socialista advirtió que los diputados no van a sesionar el jueves próximo, último del período extraordinario, porque ya tuvieron su sesión preparatoria. Y que por eso no habrá posibilidades de producir modificaciones.
Zabalza ratificó “la firme intención” de su bloque de convertir en ley la iniciativa. Sin embargo, con un bloque de apenas 6 sobre 19 bancas, necesita -como en cada sesión del Senado- del acuerdo de la mayoría justicialista.
Derogar los tres artículos “no es legalizar cosas como el rufianismo o permitir perturbaciones a terceros. No legaliza los establecimientos donde se ejerce la prostitución, ni la trata de personas. Por el contrario, se ha trabajado y se trabaja en la prevención y persecución penal de estos delitos”, repite Zabalza y apunta: “Luchamos y vamos a seguir luchando para combatir las causas que originan la prostitución, pero no tiene ninguna lógica castigar a quienes ejercen la prostitución acuciados por necesidades económicas”.
Papa caliente
Varias circunstancias ponen a los senadores peronistas ante una decisión complicada, porque nunca es agradable -para ningún legislador- enfrentarse a plazos perentorios.
Lo primero que debe advertirse es que para que un proyecto de ley pierda estado parlamentario deben transcurrir dos períodos ordinarios sin sanción definitiva (art. 61 de la Constitución de Santa Fe). Y que el proyecto de ley pasó la mayor parte de ese lapso en Diputados.
En la Cámara Baja los consensos necesarios (se llegó a la unanimidad) se alcanzaron recién en noviembre del año pasado. En otras palabras, a las comisiones del Senado llegó el proyecto de ley con media sanción cuando el período ordinario 2009 se extinguía, mientras se debatían otras cuestiones de peso, como Presupuesto 2010 (reforma fiscal incluida).
El decreto que habilitó el tratamiento del tema en el actual período extraordinario, firmado por el gobernador Hermes Binner, tiene apenas algo más de una semana.
En el bloque del peronismo del Senado se habla de una papa caliente.
“El proyecto es contra la trata de personas. Con esto, entre otras cosas, la policía ya no va a poder llevarnos presas por trabajar y va a tener la obligación de llevar presos a los explotadores, a los proxenetas”
Claudia Lucero
Titular de Ammar-Rosario

/// EN DETALLE
Debate. El proyecto de ley con media sanción de Diputados, que probablemente trate el Senado esta semana, deroga los siguientes tres artículos del Código de Faltas (Ley 10.703), Título IV “Contra la moralidad y las buenas costumbres”, Capítulo I “Contra la decencia pública”.
Art. 83 (Ex 78). Ofensa al pudor. El que con actos, gestos o palabras obscenas ofendiere la decencia o pudor público o decoro personal, siempre que el hecho no constituya delito, será reprimido con multa hasta tres jus.
Art. 87 (Ex 81). Prostitución escandalosa. El que ofreciere públicamente mantener relaciones sexuales por dinero o promesa remuneratoria o provocare escándalo con tal motivo; o que en lugares públicos o locales de libre acceso hiciere manifiestamente proposiciones deshonestas u ofreciere relaciones sexuales con otras personas, será reprimido con arresto hasta treinta días. Si las proposiciones o incitaciones fueren dirigidas a un menor de dieciocho años, la pena podrá elevarse hasta sesenta días.
Art. 93 (Ex 87). Travestismo. El que se vistiere o se hiciere pasar por persona del sexo contrario y ocasionare molestias será reprimido con arresto hasta veinte días.
“Los artículos en debate responden a criterios subjetivos e indefinidos, que dejan en manos de la autoridad policial la libertad y la seguridad de las trabajadoras sexuales. Quitarlos es un avance sobre los abusos a los que son sometidas”,
Luis Rubeo
Diputado provincial.

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